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ALEGATOS DE CLAUSURA- SENTIDO DEL FALLO

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El termino de alegatos de apertura y clausura son usados por el CNPP exclusivamente en dos audiencias la de juicio oral y la de individualización de sanciones y reparación del daño, sin que esto quiera decir que no se ¨alegue¨ o argumente de forma escrita u oral en audiencias preliminares. Los alegatos de clausura son propiamente las conclusiones o argumentaciones que hacen las partes en relación a lo que se ha obtenido con los medios de prueba que han sido desahogados o bien la refutación brindada a las fuentes de convicción de la parte contraria, así como resaltar los puntos positivos que se lograron y las debilidades o lo que no demostró la parte contraria. El alegato de clausura es la última oportunidad en un juicio para el abogado defensor a hablar al juez o al jurado antes de que comiencen la deliberación. El alegato de clausura de la defensa generalmente se lleva a cabo entre el alegato de clausura del fiscal y el interrogatorio de refutación fiscal. El pro...

OBJECIONES U OPOSICIONES

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Es el medio a través del cual los intervinientes buscan proteger y depurar la información que de los testigos va al conocimiento del juez. Se realiza o que se cumple a través de los interrogatorios, de los contrainterrogatorios, de la introducción y admisión de evidencia y de los alegatos. Hay que tener en cuenta que el uso de estas oposiciones está ligado intrínsecamente a la teoría del caso de cada parte. Además de lo anterior, la actuación de las partes está regulada por un principio ético. PROPÓSITO DE LAS OPOSICIONES:   Evitar el ingreso al juicio oral de pruebas ilegales, superfluas, inconducentes, y/o repetitivas. Enfrentar la prueba buscando minimizar su efecto demostrativo. Evitar comportamientos no debidos que puedan afectar la buena fe, lealtad, eficiencia, y presunción de inocencia. • La oposición debe hacerse de pie, siempre que las condiciones técnicas de la sala de audiencias respectivas lo permitan. La intervención de pie, tiene mucho más impacto y...

INTERROGATORIO

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Su contenido se limita a los temas abordados durante el desarrollo del interrogatorio directo. Las oposiciones son el medio a través del cual, la parte interesada busca materializar dichos límites. El interrogatorio, es una forma en que  se puede incorporar información  de un testigo o perito   en una audiencia con la finalidad de probar algún hecho de la teoría del caso del abogado, ya sea como fiscal, asesor jurídico o abogado defensor,  quienes deben de  saber las reglas  que se deben de observar a la hora de  formular el interrogatorio. De acuerdo algunos autores  le otorgan otra denominación al interrogatorio como examen  directo de testigo,  sin embargo, se trata de  lo mismo, es decir, señala la forma en que se deben de construir las preguntas dirigidas a los testigos o a los peritos en alguna materia para incorporar   información  a la audiencia de juicio  y probar con ello algún hecho. ...

ELEMENTOS DE LA ETAPA DE JUICIO ORAL

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El módulo de juicio oral busca ofrecer al lector un apoyo eminentemente práctico para hacer uso de las competencias y conocimiento que los módulos anteriores les han brindado. La etapa de juicio es la más importante a la que deben enfrentarse los sujetos procesales, toda vez que los sitúa en la realización de una serie de audiencias en las que deberán confrontar sus planteamientos jurídicos, con miras a obtener un resultado favorable a sus pretensiones. Y tiene sus etapas que son: Apertura Interrogatorio objeciones Clausura Sentido del fallo La etapa de juicio comprende desde que se recibe el auto de apertura de juicio hasta la sentencia emitida por el Tribunal de Enjuiciamiento. Es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso. Se realizará sobre la base de la acusación en la que se deberá asegurar la efectiva vigencia de los principios de inmediación, publicidad, concentración, igualdad, contradicción y continuidad. El Juez establece el protocolo ...